viernes, 26 de junio de 2009

EXPULSION DEL DIRIGENTE PONTE GOMEZ

De acuerdo al Capitulo IV (De las faltas y sanciones), Artículos 10º y 11º del Estatuto y los Artículos 16º, 20º(inciso f), del Reglamento del Estatuto del SUTEP, el Comité Ejecutivo Sectorial del SUTE XVI acuerda:
Expulsarlo del SUTE XVI, por las siguientes razones:
1.Por no haber acatado las directivas, Resoluciones y los acuerdos del XII Congreso del SUTEP que indicaban no participar en la Incorporación a la Ley de CPM, el mencionado dirigente se inscribió y fue a dar examen. Lo cual rechazamos y consideramos una TRAICION al SUTEP.
2.Por el aprovechamiento de su cargo, al haber ido como director encargado a la I.E. Augusto B. Leguía.
3.Por no haber rendido oportunamente el Balance de su gestión, algo que quedo pendiente en la Convención de Octubre del 2008.
4.Por el incumplimiento de las tareas sindicales y las constantes inasistencias injustificadas a las asambleas como dirigente.
5.Por otras faltas constantes: como intento de agresión al actual Secretario General del SUTE XVI, en una de las reuniones deportivas del 2008.
Queda pendiente el ser llevado a un evento orgánico, para su ratificación (Asamblea de bases, Convención) del SUTE XVI y también el derecho a la defensa por parte del dirigente en mención. Cumplimos con lo estipulado en el Estatuto y deslindamos con las decisiones personales equivocadas del susodicho. Tenemos las pruebas de lo arriba mencionado.

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